Los productores porcinos bonaerenses están cada vez más preocupados por el incremento en las importaciones de carne de cerdo, con Brasil como principal proveedor. A este escenario delicado, se suma la incertidumbre que genera el cada vez más cercano ingreso de cerdo proveniente de Estados Unidos, que además del impacto económico para la actividad, conlleva un riesgo sanitario, advertido por todos los actores que componen la cadena.
En el senado bonaerense presentaron un proyecto que busca proteger a la producción porcina bonaerense. El presidente de la comisión de Asuntos Agrarios de la cámara alta de Buenos Aires, el senador Gervasio Bozzano, promueve una iniciativa en donde advierte que la importación de cerdos “puede afectar puestos de trabajo y la salud” de los habitantes de la provincia.
El proyecto de Bozzano busca disminuir el impacto de las importaciones de carne porcina, y con este fin establece en su artículo 3 que se prohíbe “el ingreso al territorio de la provincia de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos provenientes de países no libres de Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino (PRRS)”.
En la actualidad, Argentina es país libre de PRSS, estatus que comparte con Australia, Nueva Zelanda y Finlandia, de acuerdo a la Asociación Argentina de Productores Porcinos (AAPP). De esta manera, y si bien Brasil es el principal proveedor de Argentina en este apartado, la medida es una clara postura en contra al ingreso de carne proveniente de Estados Unidos.
Desde el momento en que los norteamericanos se perfilaron como posibles abastecedores, las entidades y productores del sector señalaron la posibilidad del ingreso al país de esta enfermedad.
El otro punto que contempla el borrador de esta ley es el ingreso de carne congelada, una clara medida de deslealtad comercial. En este sentido, el proyecto delimita que la carne porcina importada de otros países que ingrese a Buenos Aires “deberá ser comercializada y ofrecida en venta al público en el estado de conservación en el que provenga desde su país de origen”.
Además, el artículo 5 del proyecto establece que en el caso que la carne “haya sufrido en el país un proceso de fraccionado, armado, terminado u otro análogo que no implique una modificación en su naturaleza, deberá llevar una leyenda que indique dicho proceso y será considerado como producto de origen extranjero, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional 22802, de Lealtad Comercial”.
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