El Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia decidió extender la vigencia de la Declaración Jurada que habilita a productores agropecuarios, y al personal que éstos autoricen por estar vinculado al establecimiento, a circular en el marco de las medidas de aislamiento tomadas por el Ejecutivo Nacional.
La fecha de vigencia se extiende hasta el día 12 de abril, nuevo plazo para la duración de la cuarentena, anunciado el domingo a la noche por el presidente Alberto Fernández. De esta forma, los titulares de establecimientos agropecuarios y personas que posean RENSPA, RENAF o RENAPA, podrán seguir utilizando el documento provincial.
Es importante destacar que quienes ya hayan descargado la DD. JJ., no es necesario que la confeccionen nuevamente, en función de que las autoridades de control estarán informadas de su prórroga (la fecha tope que figura en las realizadas es la del 31/03). De todas formas, quienes prefieran ingresar nuevamente sus datos y descargar el archivo con el nuevo plazo, pueden hacerlo sin inconvenientes.
Para los que ingresen para confección y descarga del documento a partir de hoy, deberán completar todos los incisos correspondientes, y el mismo no solo contendrá el nuevo plazo de vigencia, sino que para sumar otro elemento de validación, además de contar con el código de barras, se incluye ahora un código QR.
Cabe reiterar que el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 297/20 que determina las medidas de aislamiento y cuarentena, en el apartado correspondiente a las excepciones, indica en el artículo 6, incisos 12 y 13, que se podrán continuar realizando las “actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”.
El documento para que los actores de estos rubros puedan presentar ante las autoridades y fuerzas policiales cordobesas, se puede confeccionar y luego bajar directamente, y de forma exclusiva, desde el link dispuesto en el inicio de este artículo.
Certificado Nacional
Es necesario recordar que la DD. JJ. puede ser utilizada para exponer ante las fuerzas policiales y autoridades correspondientes únicamente dentro del territorio cordobés. La aclaración se realiza en función de que el Ministerio del Interior de la Nación, en la Resolución N° 48 publicada el domingo en el Boletín Oficial de la Nación, puso a disposición de todos los exceptuados de estas medidas de aislamiento, el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19.
Con la decisión de la Provincia de mantener el documento para los productores, coexistirán ambas habilitaciones, pero para salir del territorio cordobés, el exceptuado deberá contar indefectiblemente con el documento nacional.
Se insiste a los productores y a la población en general, que la utilización de los permisos mencionados debe hacerse en caso de ser estrictamente necesario, privilegiando ante todo la determinación de resguardarse en los hogares, como principal medida para la contención de la pandemia del Covid-19 en nuestro país.